IU CLM presenta alegaciones al estudio de impacto ambiental del proyecto de Ciudad de Vascos.

 Este proyecto pretende crear un acceso para visitas publicas accediendo desde el río Huso, en una zona de alto valor ecológico, que cuenta con numerosas figuras de protección medioambiental que condicionan la regulación del uso público y recreativo del espacio
Para IU el crear este acceso supone un peligo para el mantenimiento de los habitats vinculados al río. El establecimiento de visitas al yacimiento arqueológico, es perfectamente compatible con el acceso por tierra, como ya se viene haciendo.

Contenido de las alegaciones:

ATENCIÓN ILUSTRÍSIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE TOLEDO

Diputación de Toledo

Plaza de la Merced 4

45002 Toledo

Dña  Maria Eugenia Prieto Ruiz con DNI xxxxxxxx x, actuando en su condición de coordinador de área de Medio Ambiente de Izquierda Unida CLM con e-mail medioambienteiuclm@gmail.com  y domicilio a efecto de notificaciones en C/ Cuesta de los pascuales nº 5, Toledo;  se dirige a la

Excma. Diputación Provincial de Toledo en relación a la fase de alegaciones dentro del procedimiento de información pública del estudio de impacto ambiental del proyecto denominado Ciudad de Vascos, en los términos municipales de Aldeanueva de Barbarroya y Navalmoralejo (Toledo), promovido por la Diputación Provincial de Toledo, expdte. Pro-To-13-1207. [2013/10142] y publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) Nº 161 con fecha 21/08/2013 y pasa a formular las siguientes

ALEGACIONES:

1.- El yacimiento arqueológico cuenta con numerosas figuras de protección medioambiental que condicionan la regulación del uso público y recreativo del espacio. Estas figuras incluyen:

a. Lugar de Importancia Comunitaria (L.I.C.) “Ríos de la margen izquierda y Berrocales del río Tajo”.

b. Zona de Especial Protección para las Aves (Z.E.P.A.) “Ríos de la margen izquierda y Berrocales del río Tajo”.

c. Área Crítica de cigüeña negra (Ciconia nigra) contemplada en el Plan de Recuperación para la especie en Castilla-La Mancha (Decreto 275/2003, de 9 de septiembre de 2003).

d. Área Crítica del águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus) contemplada en el Borrador del Plan de Recuperación para la especie en Castilla-La Mancha (2012, actualmente en proceso de aprobación).

e. Zona de Dispersión para el águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus) contemplada en el Borrador del Plan de Recuperación para la especie en Castilla-La Mancha.

f. Zona de importancia para el águila imperial ibérica (Aquila adalberti) contemplada en el Plan de Recuperación para la especie en Castilla-La Mancha (Decreto 275/2003, de 9 de septiembre de 2003).

g. Zona de importancia para el buitre negro (Aegypius monachus) contemplada en el Plan de Conservación para la especie en Castilla-La Mancha (Decreto 275/2003, de 9 de septiembre de 2003).

h. Refugio de Fauna “Embalse de Azután”: dada su gran capacidad de acogida y cría para especies de aves acuáticas.

2.- El acceso al yacimiento arqueológico a través del río Huso, atravesando Áreas Críticas, resulta del todo incompatible con el cumplimiento de la legislación vigente y con la conservación de los hábitats y especies que motivaron la protección de la zona donde se encuentra el yacimiento, que cuenta con numerosas figuras de protección, a nivel europeo, estatal y autonómico.

3.- Por todo lo anterior no procede plantear ninguna alternativa de acceso fluvial. De ejecutarse el proyecto, el acceso al yacimiento  debería realizarse por las vías de acceso existentes, es decir, desde tierra.

4.- Cualquier tipo de actuación y regulación del uso público debería tener en cuenta las restricciones establecidas en los Planes de Recuperación de las especies catalogadas en peligro de extinción y ajustar las visitas a las fechas contempladas en dichos planes.

5.- El EIA obvia la figura de protección de Área Crítica, siendo la más relevante en la zona de actuación.

6.- El EIA obvia las actividades derivadas del turismo como generadoras de impactos. Tampoco se consideran aspectos como el número de visitantes.

7.- Las zonas del yacimiento arqueológico con acceso a la garganta del Río Huso deberían quedar acotadas y fuera del recorrido turístico para evitar cualquier afección a los mencionados ecosistemas fluviales y rupícolas.

SOLICITA:

En consideración de todo lo expuesto anteriormente y la declaración de Impacto Ambiental NEGATIVA del proyecto “CIUDAD DE VASCOS”  al ser incompatible con los recursos y limitaciones de las figuras de protección presentes.

Firmado, en Talavera de la Reina, a 26 de septiembre de 2013

María Eugenia Prieto Ruiz

 

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