La Justicia anula la moción de censura de Ontígola.

El Juez considera que hubo un entramado ilegal, diseñado por el PP, AEIO y un concejal tránsfuga de Ciudadanos.

La actuación y postura del Concejal de IU, ha sido clave para la toma de decisión del Juez.

pleno ontigolaIU Ontígola, ha mostrado su satisfacción por el contenido de la sentencia 000222/2016 del Juzgado Contencioso/Administrativo Nº3 de Toledo.

 La sentencia, viene a refrendar todos y cada uno de los posicionamientos que Izquierda Unida había mantenido desde que se dio a conocer la moción de censura que presentaron el Partido Popular, AEIO, y el tránsfuga de Ciudadanos, José Antonio Fernández de la Torre.

Una Moción de Censura, que a juicio de Rubén Díaz, concejal de IU en el Ayuntamiento de Ontígola: “se ejecutó para evitar la auditoría que debería esclarecer el porqué este municipio debe 4,5 millones de euros”.

El fallo del Juez declara, nula y sin efecto alguno, la votación y el Pleno de la Moción de Censura presentada, debiéndose restablecer a todos los efectos correspondientes a la anterior alcaldesa, por lo que IU entiende que procede también la devolución de todos los honorarios percibidos ilegalmente durante este tiempo por el equipo de gobierno que ha usurpado el Ayuntamiento durante estos meses y de la secretaria, que también ha visto compensada su participación con un aumento salarial ilegal.

De especial gravedad, considera Izquierda Unida, que el partido más votado de Ontígola, haya traicionado la confianza de sus votantes, y esté envuelto en esta trama como actor principal de la misma, y que no haya dudado en utilizar los medios legales o no, que ha tenido a su alcance para ocupar la Alcaldía del municipio. Creando una “legalidad aparente”, basada en que “en Ontígola se ha hecho siempre así”, y a razones “de costumbre”. Llegando presuntamente a extorsionar o sobornar (cuestión que a buen seguro también quedará aclarada en próximas fechas), a la funcionaria de más alto rango del consistorio, que ha sido la encargada de dar forma al armazón jurídico favorable para sus pretensiones y operaciones políticas y/o económicas.

Y es que según Rubén Díaz: “tras la moción de censura, la secretaria vio incrementado en 500 euros mensuales su retribución, a pesar de que el argumento de dicho aumento fue puesto en cuestión por el Grupo Municipal de IU”.

Y continuaba: “Llamamos por tanto a la reflexión al conjunto de la ciudadanía de Ontígola, especialmente a los votantes de esta formación política, para que pongan en valor su voto, evitando reforzar a quienes incumplen la Ley de forma manifiesta y exijamos cuando menos que se asuman las correspondientes responsabilidades políticas, apartando del ejercicio de cargo público a las personas de ese partido responsables de dichas acciones”.

Ante la gravedad de los hechos acontecidos y probados, IU de Ontígola exige la dimisión de todos sus cargos públicos a José Antonio Fernández de la Torre, a Luis Miguel González Álvarez-Palencia, a José Gómez Ruiz, a María Vicenta Esparza Francés, a David Aguilar Blasco, y a Ángel Calrderón García-Panadero; responsables todos ellos de los hechos acontecidos y que han supuesto un perjuicio político, social y económico aún por determinar en el Ayuntamiento de Ontígola, a la vez que se exige la inmediata dimisión de Carmen de la Cal Perelló, funcionaria sin cuya colaboración toda esta trama no hubiera sido posible.

Como prueba y base argumental de lo solicitado, Díaz, ha enumerado, no pocas, conclusiones que se extraen de la sentencia, y que ponen de manifiesto las verdaderas, interesadas y oscuras motivaciones de quienes presentaron la Moción de Censura.

Así pues, Rubén Díaz ha constado en función del contenido de la sentencia:

1º La existencia de una trama entre el Partido Popular, AEIO, el tránsfuga de Ciudadanos, José Antonio Fernández de la Torre, y Carmen de la Cal Perelló, Secretaria del Ayuntamiento de Ontígola. Para facilitar un cambio de gobierno ilegal en Ontígola.

2º Que una vez tomado el poder en Ontígola por los participantes en esta trama, han pretendido dilatar los procesos judiciales, con el único objetivo de alcanzar el final de la legislatura, y que cuando esta sentencia fuera dictada, hubiera perdido efecto por la vía de los hechos consumados.

3º El móvil de esta trama según el Juez, era la obtención de recursos económicos del Ayuntamiento, hasta el año 2019, ya que los principales participantes, que tras la toma del poder en Ontígola accedieron a un salario, procedían del desempleo.

4º José Antonio Fernández de la Torre es declarado como transfuga. No representa al partido Ciudadanos, y es concejal no adscrito. Tal y como Izquierda Unida había sostenido siempre.

5º El Decreto de la Alcadesa, María Engracia Sánchez, declarando como concejal NO ADSCRITO a José Antonio Fernández de la Torre, ES LEGAL.

6º La moción de censura no cumplía con los requisitos necesarios para prosperar y ser sometida a votación, y Doña Carmen de la Cal Perelló, debió impedir la votación, e incluso la celebración del pleno,

7º La mesa de Edad de aquel día no debió formarse con José Antonio Fernández de la Torre como Presidente, puesto que era evidente que tenía intereses de parte, y Carmen de la Cal Perelló, debería haberlo impedido; no avalado.

El informe emitido por Carmen de la Cal Perelló, es calificado por el juez como negligente o intencionado, y perseguía anular los efectos del decreto de Alcaldía, basándose en consultas por internet y recortes de prensa, en lugar de dirigirse a la Junta Electoral Central, tal y como pedía Izquierda Unida,

8º La decisión de la mesa de edad es Nula de pleno derecho.

9º La postura de Rubén Díaz Rozalén, Concejal de IU, como concejal de menor edad en la mesa de edad, advirtiendo de que el procedimiento no era correcto e indicando lo que se tenía que hacer, ha sido determinante en la decisión del Juez.

 

 

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